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Políticas,
normas & términos de prestación del servicio
de producción audiovisual
La Universidad
de los Andes, a través de la DTI, brinda a sus estudiantes,
profesores y empleados servicios de producción audiovisual
los cuales están regidos por las políticas y
normas consagradas a continuación:
1.
POLÍTICAS DEL SERVICIO
2.
NORMAS GENERALES DE LOS SERVICIOS TECNOLÓGICOS DE LA UNIVERSIDAD
3.
TERMINOS DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN
AUDIOVISUAL
1.
POLÍTICAS DEL SERVICIO
a. La DTI brinda
servicios de producción audiovisual, principalmente
como apoyo a la labor docente y eventualmente, como apoyo institucional.
b. Los servicios
de producción audiovisual que brinda la DTI están
dirigidos a todos y cada uno de los miembros de la comunidad
Uniandina
y pueden hacer uso de ellos desde el mismo momento de su ingreso
a la Universidad, hasta que termine su vínculo formal
con ella.
c. Los servicios
de producción audiovisual pueden ser ofrecidos a
Instituciones externas, siempre y cuando, cumplan los requisitos
de solicitud necesarios y no interfieran con servicios internos.
d. Todos los
servicios están regidos por unas políticas y normas
de utilización, parámetros que deben cumplirse para
asegurar la buena prestación de los mismos y su utilización
racional de parte de los usuarios. En caso de que el usuario no
cumpla cualquiera de los requisitos de solicitud necesarios, la
DTI puede cancelar con anterioridad la prestación del servicio.
2.
NORMAS GENERALES DE LOS SERVICIOS TECNOLÓGICOS DE LA UNIVERSIDAD
El uso de los
servicios de producción audiovisual lleva implícito
el conocimiento y acatamiento de las siguientes normas:
a. El usuario
debe ser plenamente identificable al hacer uso de cualquiera de
los servicios que se prestan a través de la infraestructura
tecnológica de la Universidad.
b. Bajo ningún
esquema, se deben utilizar los recursos tecnológicos de la
Universidad con fines comerciales o publicitarios, ni buscar beneficio
económico personal a través de esta infraestructura.
c. El usuario
tiene el deber de informar a la Universidad de Los Andes todas las
irregularidades, dudas, problemas o inconvenientes relacionados
con el servicio de producción de televisión o la infraestructura
física que lo soporta, para aplicar su correctivo.
3.
NORMAS PARTICULARES: TERMINOS DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
DE PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL
a. Los servicios
de producción audiovisual de la Universidad pueden
ser utilizados únicamente para fines académicos,
investigativos o para difusión de información de
tipo administrativo.
b. La solicitud
de cualquiera de los servicios de producción audiovisual debe
hacerse a través del formulario diseñado para tal
fin.
c. Las solicitudes de los servicios deben hacerse con anterioridad a la fecha de prestación del mismo: Mínimo ocho días hábiles para transmisión y videoconferencias, cuatro días hábiles de antelación para servicios de grabación ó edición y con 2 días hábiles de anterioridad para copias de material de video académico y utilización de estudio de TV. En este periodo de tiempo la DTI confirmará, vía electrónica, la disponibilidad de equipos y de personal técnico. EL PROCESO DE SOLICITUD DEL SERVICIO TERMINA EN EL MOMENTO QUE USTED RECIBE CONFIRMACIÓN DEL MISMO POR PARTE DE LA DTI.
d. Es totalmente
indispensable que el formulario de solicitud de servicios para profesores
y empleados, se haga llegar a la DTI (Coordinación de Producción,
edificio Hermes, primer piso), impreso y con la firma autorizada
de la Unidad o Dependencia.
e. El usuario
se compromete a informar a la DTI de cualquier circunstancia que
pueda afectar la grabación, transmisión o videoconferencia
como: uso de traducción simultánea, utilización
de otras ayudas audiovisuales, condiciones de ruido, temperatura
o iluminación que puedan afectar los servicios de producción
audiovisual.
f. El solicitante
debe informar con anterioridad al grupo de producción
audiovisual quien
es el único responsable de coordinar y en caso extremo,
tomar conjuntamente con nuestros técnicos, las decisiones
que puedan afectar los servicios durante el evento.
g. En caso de
hacer una grabación fuera del Campus, el usuario se compromete
a: informar exactamente el lugar donde se llevará a cabo
el servicio y proporcionar el transporte y la alimentación
del personal de producción.
h. El cassette
de la grabación se entregará únicamente en
la oficina de Coordinación de Producción, edificio
Hermes, después de llenar el reporte correspondiente.
i. Para edición
en las salas análoga o digital, es fundamental que el usuario
ingrese al turno con la pre-edición completa del material
en papel. De igual manera deberá traer totalmente definidos
los créditos y las pistas de música, efectos, locución.
j. Esta totalmente
prohibido comer, beber o fumar durante la prestación de
los servicios de producción audiovisual, esto para proteger
la integridad de los equipos.
k. El solicitante
de una transmisión de TV o de Videoconferencia se compromete
a reservar los salones y equipos de recepción, a los encargados
de su manejo en la Universidad, (Admisiones y registro, Seguridad
y servicios generales) e informar con anterioridad de dos días
hábiles a la oficina de coordinación de producción
audiovisual de la DTI, producciontv@uniandes.edu.co,
con el objeto de adelantar las pruebas técnicas del caso.
La DTI no se hace responsable de la calidad de conexión o
de transmisión el día del evento si no se cumple con
este procedimiento.
l. En caso de
establecer conexión por Videoconferencia, la DTI no se hace
responsable por las fallas en la comunicación, cuando estas
son generadas por el operador nacional o internacional de telefonía,
o cuando no se han hecho las pruebas preliminares indicadas.
m. De ninguna
manera el usuario puede variar, crear, derivar, suspender, eliminar
o transformar un punto de emisión y/o recepción del
circuito cerrado de televisión dentro del Campus.
n. Para la realización
de video, el usuario se compromete a entregar la información
necesaria y cumplir los cronogramas establecidos conjuntamente.
Cualquier retraso en la programación inicial generada por
este motivo, no es responsabilidad de la DTI.
o. El usuario
acepta que la Dirección de Tecnologías de Información
conservará en el archivo de imágenes de la Universidad,
una copia del material grabado y/o editado, siempre y cuando lo
considere de valor institucional, el cual puede ser utilizado en
la Universidad para propósitos académicos o de apoyo
administrativo.
p. Todas las
copias de material de video deben estar enmarcadas dentro de las
disposiciones legales sobre Derechos de autor Ley 44 de 1.993, que
en su capítulo IV, sobre las sanciones, hace referencia a:
" ...quien de cualquier modo o por cualquier medio reproduzca,
enajene, compendie, multiplique o transforme... una obra artística
sin autorización previa y expresa de sus titulares".
q. El
horario laboral es de 8 a 5 p.m. El
pago de horas extras generadas por los servicios de producción
audiovisual las asume
directamente el solicitante.
r. El turno,
de cualquiera de los servicios de producción audiovisual se
pierde después de 20 minutos de retraso.
s. Si usted
no va hacer uso de un turno, ya solicitado y aprobado por la DTI,
debe informar de la cancelación del servicio por lo menos
con un día hábil de anterioridad. El incumplimiento
de esta norma se sanciona con el cobro de una hora de arranque,
de acuerdo al servicio que haya solicitado.
t. En cualquiera
de los casos, la asignación de turnos está sujeta
a la Programación de producción audiovisual, esto
quiere decir que, los servicios se prestarán de acuerdo al orden
de llegada de las solicitudes.
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